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Despido procedente e improcedente en España: diferencias y características

El despido es una de las situaciones laborales más conflictivas que pueden surgir entre empresas y empleados. En España, la legislación laboral establece distintas modalidades de despido, con importantes diferencias en sus consecuencias legales. Entre los más comunes están el despido procedente y el despido improcedente, que dependen de si el cese del trabajador cumple o no con los requisitos establecidos por la ley. En López & Gómez Abogados, te explicamos las diferencias clave y las características de cada tipo de despido, y qué derechos tienen los trabajadores en cada caso.

¿Qué es el despido procedente?

El despido procedente es aquel que se produce cuando el empleador puede acreditar de manera legal y justificada las causas que motivan el cese del trabajador. En otras palabras, el despido se ajusta a los requisitos y causas previstas en la ley, cumpliendo con las formalidades requeridas.

Existen dos tipos principales de despido procedente:

  1. Despido disciplinario
    Este tipo de despido tiene lugar cuando el trabajador incurre en una falta grave que justifica la rescisión del contrato de trabajo. Según el Estatuto de los Trabajadores, algunas de las causas más comunes que pueden justificar un despido disciplinario son:

    • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
    • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
    • Ofensas verbales o físicas al empresario, a compañeros o a terceros.
    • Disminución voluntaria y continuada en el rendimiento laboral.
    • Abuso de confianza o deslealtad hacia la empresa.
    • Consumo de sustancias que afecten negativamente el rendimiento laboral.

    En caso de despido disciplinario procedente, el trabajador no tiene derecho a recibir indemnización, aunque sí le corresponde el finiquito, que incluye las cantidades pendientes de pago como vacaciones no disfrutadas, pagas extras, etc.

  2. Despido objetivo
    El despido objetivo se produce por causas justificadas relacionadas con las necesidades de la empresa o la incapacidad del trabajador para realizar su trabajo de forma adecuada. Las causas objetivas más comunes son:

    • Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida después de su contratación.
    • Falta de adaptación a modificaciones técnicas del puesto de trabajo.
    • Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que hagan inviable mantener el empleo.
    • Ausencias justificadas pero intermitentes al trabajo, que alcancen ciertos límites legales.

    En los casos de despido objetivo procedente, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.

¿Qué es el despido improcedente?

El despido improcedente se produce cuando la empresa no puede justificar de forma válida el cese del trabajador, o cuando el procedimiento de despido no cumple con las formalidades legales. Esto puede deberse a que:

  • Las causas alegadas por la empresa no están contempladas en la ley.
  • La falta de pruebas suficientes para justificar un despido disciplinario.
  • Errores formales en la comunicación del despido, como no especificar claramente las causas o no respetar los plazos.

Cuando un despido es declarado improcedente por un tribunal o el empleador lo reconoce como tal, la empresa tiene dos opciones:

  1. Reincorporación del trabajador
    La empresa puede optar por reincorporar al trabajador en su puesto con las mismas condiciones que tenía antes del despido. En este caso, la empresa deberá abonar los salarios de tramitación, que son los sueldos dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la reincorporación.
  2. Indemnización
    Si la empresa decide no reincorporar al trabajador, deberá pagarle una indemnización de 33 días por año trabajado (hasta un máximo de 24 mensualidades). Para contratos anteriores a la reforma laboral de 2012, la indemnización es de 45 días por año trabajado (hasta un máximo de 42 mensualidades) por el tiempo acumulado antes de la reforma.
Diferencias clave entre despido procedente e improcedente
  1. Justificación Legal
    • En el despido procedente, la empresa puede probar que el cese del trabajador se basa en una causa legalmente válida (disciplinaria u objetiva).
    • En el despido improcedente, la empresa no puede justificar las causas del despido o ha incumplido el procedimiento formal.
  2. Indemnización
    • En el despido procedente, el trabajador disciplinado no tiene derecho a indemnización, mientras que en el despido objetivo procedente se recibe una indemnización de 20 días por año trabajado.
    • En el despido improcedente, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado (o 45 días si es anterior a 2012).
  3. Derecho a Finiquito
    • En ambos casos, ya sea despido procedente o improcedente, el trabajador tiene derecho a recibir el finiquito, que incluye el salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas y otras cantidades pendientes de cobro.
  4. Reincorporación
    • En el despido procedente, no se contempla la reincorporación, salvo que se demuestre que el despido fue injusto.
    • En el despido improcedente, la empresa tiene la opción de reincorporar al trabajador si lo prefiere, además de pagar los salarios dejados de percibir.
Cómo actuar ante un despido

Si eres trabajador y has sido despedido, es fundamental que revises la carta de despido y compruebes si las causas que alega la empresa están justificadas. En caso de que consideres que el despido es improcedente, es importante que actúes con rapidez, ya que el plazo para presentar una demanda de despido es de 20 días hábiles desde la fecha del despido.

Contar con el apoyo de un abogado laboralista es clave para evaluar las posibilidades de éxito en tu caso y recibir el asesoramiento adecuado. En López & Gómez Abogados, somos expertos en derecho laboral y podemos ayudarte a reclamar tus derechos ante un despido injustificado.

Conclusión

El despido en España está sujeto a un marco legal que protege los derechos tanto del trabajador como del empleador. Un despido procedente se basa en causas válidas, ya sean disciplinarias o objetivas, mientras que un despido improcedente ocurre cuando no se cumplen los requisitos legales o no se justifican adecuadamente las causas del cese. En este último caso, el trabajador puede obtener una indemnización mayor o incluso ser reincorporado a su puesto.

Si has sido despedido y tienes dudas sobre si el despido es procedente o improcedente, en López & Gómez Abogados estamos a tu disposición para brindarte el mejor asesoramiento legal. Contáctanos para estudiar tu caso y proteger tus derechos laborales.


López & Gómez Abogados
Tu despacho de confianza en derecho laboral.

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